jueves, 11 de noviembre de 2010

OFERTA MERCANTIL

INTERPRETACIÓN

La Ley 6 /92 modificó el régimen del impuesto de timbre funcional; entre otros artículos, modificó el 519 del Estatuto Tributario, y en él incluyó este inciso: "También se causará de impuesto de timbre en el caso de la oferta mercantil aceptada, aunque la aceptación se haga en documento separado."

En reglamentación de este aspecto normativo, el artículo 31 del D. R. 2076/92, dispuso: "Exclusión del impuesto en la oferta mercantil que genera un contrato escrito posterior.

Cuando la oferta mercantil aceptada se concrete posteriormente en un contrato escrito, sólo se causará el impuesto de timbre sobre este último."

Por otra parte, la Ley 223 /95 adicionó al artículo 530 del Estatuto Tributario, que contiene una relación de actuaciones y documentos exentos del impuesto de timbre el numeral 52 que dice :

"Las órdenes de compra o venta de bienes o servicios, y las ofertas mercantiles que se aceptan con ocasión de la expedición de la orden de compra o venta."

De las normas reseñadas inferimos:

La oferta mercantil es un documento sujeto al impuesto e timbre nacional cuando fue aceptada aunque dicha aceptación se haga en documento separado de la oferta misma.
Si la oferta mercantil es aceptada, pero genere un contrato que se celebra posteriormente, el impuesto de timbre recae el contrato y ya no sobre la oferta aceptada, para hacer efectiva la regla que dicen non bis in idem: en efecto resultaría una duplicación injustificada del impuesto si se causara primero sobre la oferta aceptada y luego sobre el contrato originado en aquella.
Queda exenta del timbre nacional la oferta cuya aceptación se concreta en la orden de compra subsidiariamente.


Por lo expuesto, este despacho reiteradamente ha conceptuado que la oferta mercantil está gravada con el impuesto de timbre sólo cuando es aceptada por le destinatario, monetario el en cual se da por perfeccionado un contrato entre las partes con las obligaciones correspondientes; aquel momento ocurre cuando el oferente tiene conocimiento e la aceptación de su oferta mercantil, como se desprende del artículo 864 del código de comercio. Igualmente se ha conceptuado que la exención consagrada en le n. 52 del artículo 530 del Estatuto Tributario está atada a su aceptación de la expedición de la orden de compra; por lo cual si la orden de compra antecede a la oferta mercantil, no hay lugar a la exención comentada.

viernes, 22 de octubre de 2010

ESTRATEGIAS PARA DEFINIR ALCANCE

Es el proceso que consiste en desarrollar una descripción
detallada del proyecto y del producto.

QUE ES CONTROL DE INTEGRADO DE CAMBIOS

Es el proceso que consiste en revisar todas las
solicitudes de cambios, aprobar los mismos y gestionar los cambios a los entregables, a los
activos de los procesos de la organización, a los documentos del proyecto y al plan para la
dirección del proyecto. El proceso Realizar el Control Integrado de Cambios interviene desde el
inicio del proyecto hasta su terminación.

PASOS PARA APLICARLO

• influir en los factores que eluden el control integrado de cambios, de modo que
únicamente se implementen cambios aprobados,

• revisar, analizar y aprobar las solicitudes de cambio de forma rápida, lo cual es esencial,
ya que una decisión tardía puede influir negativamente en el tiempo, el costo o la
viabilidad de un cambio,

• gestionar los cambios aprobados,

• mantener la integridad de las líneas base, incorporando al plan para la dirección del
proyecto y a los documentos del proyecto únicamente los cambios aprobados,

• revisar, aprobar o rechazar todas las acciones preventivas y correctivas recomendadas,

• coordinar los cambios a través de todo el proyecto (por ejemplo, un cambio propuesto en
el cronograma a menudo influirá en el costo, el riesgo, la calidad y los recursos humanos),
y

• documentar el impacto total de las solicitudes de cambio.
Cualquier interesado involucrado en el proyecto puede solicitar cambios.

• establecer un método progresivo para identificar sistemáticamente y solicitar cambios a
las líneas base establecidas, y para determinar el valor y la eficacia de esos cambios,

• proporcionar oportunidades de validar y mejorar el proyecto de manera continua,
tomando en cuenta el impacto de cada cambio, y

• proporcionar el mecanismo que permita al equipo de dirección del proyecto comunicar a
los interesados, de manera sistemática, todos los cambios aprobados y rechazados.

HERRAMIENTAS PARA MONITOREAR Y CONTROLAR EL TRABAJO DE UN PROYECTO

Es el proceso que consiste en monitorear,
analizar y regular el avance a fin de cumplir con los objetivos de desempeño definidos en el
plan para la dirección del proyecto. El seguimiento es un aspecto de la dirección del proyecto
que se realiza a lo largo del proyecto. Consiste en recopilar, medir y distribuir la información
relativa al desempeño, y en evaluar las mediciones y las tendencias que van a permitir efectuar
mejoras al proceso.

HERRAMIENTAS

.1 Juicio de Expertos
El juicio de expertos es utilizado por el equipo de dirección del proyecto para interpretar la
información proporcionada por los procesos de seguimiento y control.

• otras unidades dentro de la organización
• consultores
• interesados, incluyendo clientes y patrocinadores
• asociaciones profesionales y técnicas

COMO SE DESARROLLA UN CRONOGRAMA

Es el proceso que consiste en analizar la secuencia de
las actividades, su duración, los requisitos de recursos y las restricciones del
cronograma para crear el cronograma del proyecto.

HERRAMIENTAS:

.1 Lista de Actividades
.2 Atributos de la Actividad
.3 Diagramas de Red del Cronograma del Proyecto
.4 Requisitos de Recursos de la Actividad
.5 Calendarios de Recursos
.6 Estimados de la Duración de la Actividad
.7 Declaración del Alcance del Proyecto
.8 Factores Ambientales de la Empresa
.9 Activos de los Procesos de la Organización